El diputado provincial José Ottavis presentó hoy el proyecto de Ley Integral para una alimentación saludable. La iniciativa busca declarar a la obesidad como una enfermedad crónica; promueve que desde el Estado se aseguren mecanismos para prevenir, atender y combatir la obesidad infantil; regula la publicidad y prohíbe la entrega de juguetes en la venta de alimentos o golosinas; impulsa el desarrollo de programas de concientización y la aplicación de una materia en las escuelas de la provincia de Buenos Aires.
El proyecto de ley presentado por Ottavis declara a la obesidad como una enfermedad crónica de la salud pública e instruye a las obras sociales, empresas y entidades que presten servicios de medicina prepaga a incorporar en sus programas de cobertura médica básica el tratamiento integral de los trastornos alimentarios, la contención psicosocial de los pacientes así como las relacionadas con las intervenciones quirúrgicas prescriptas para el tratamiento de pacientes obesos mórbidos.
En este sentido Ottavis explicó que “la obesidad se ha incrementado en las últimas décadas, considerándose una epidemia global y es la enfermedad crónica no transmisible que más sobresale en el mundo, donde los niños y adolescentes son los principales afectados”.
Al analizar la causa de la obesidad, el diputado provincial resaltó que se debe a “la gran expansión que han tenido los alimentos procesados y ultraprocesados, la comida chatarra, promoviendo una mala alimentación, centrada en el excesivo consumo de azucares y grasas”.
Asimismo, Ottavis remarcó que “el mercado de alimentos ultraprocesados está creciendo en la Argentina y junto con él la obesidad. Por medio de la publicidad se intenta cambiar la cultura alimentaria, y es por ello que venimos a promover la regulación del marketing de productos que dañan la salud de nuestros hijos”.
De esa forma, el proyecto de ley del diputado Ottavis prohíbe la publicidad de alimentos y bebidas con alto valor calórico y bajos nutrientes dirigida a menores de catorce años. Asimismo, según el articulado, no se podrán utilizar “ganchos comerciales”, ni ofrecerse o entregarse gratuitamente a los menores de 14 años juguetes, accesorios, adhesivos, cartas, incentivos u otros similares a cambio de la compra de dichos alimentos.
Del mismo modo, se regula la publicidad de alimentos con elevado contenido calórico y pobres en nutrientes esenciales alimenticios, que deberá contener la leyenda “el consumo excesivo es perjudicial para la salud” en su difusión y en sus envoltorios.
El proyecto toma como antecedentes la exitosa experiencia de países como Chile, México y Colombia y se basa en la ley nacional 26.396 sobre la prevención y control de los trastornos alimentarios; contemplando las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud.
A su vez, la iniciativa de ley instruye que, en el ámbito del Ministerio de Salud, se cree el “Programa provincial de Alimentación Saludable y Prevención de la Obesidad Infantil” que tendrá por objetivo instrumentar campañas informativas, disminuir la morbimortalidad asociada con estas enfermedades, formular normas para la evaluación y control contra los trastornos alimentarios y promover conductas nutricionales saludables.
Para finalizar, en términos de concientización, la iniciativa prevé que el Ministerio de Educación de la Provincia incorpore a la currícula en las escuelas de nivel básico una materia dirigida.